CASO BÁRCENAS: EL PP CONTRA LA ACUSACIÓN POPULAR
Naturalmente ustedes, la mayor parte de ustedes no están siguiendo estas sesiones, en que se discuten las cuestiones prebias, referidas a asuntos que han de ser aclarados, aceptados o rechazados, antes de comenzar el juicio oral en sí.
Los medios de comunicación han mostrado especial atención a la posibilidad de que se produzca un careo entre el señor BÁRCENAS, don J.L., y el señor M. RAJOY; esa posibilidad es aún remota, pues hay que escuchar a ambos señores caballeros para poder determinar si entre sus dos declaraciones se producen contradicciones de tal naturaleza que obliguen a la Sala a ordenar su práctica.
Pero ha pasado por completo desapercibido un asunto del mayor interés, suscitado por la representación en esta vista del PARTIDO POPULAR, que acude como responsable civil subsidiario.
Lo primero que hay que decir es que la representación del PARTIDO POPULAR la ejerce un abogado que antes actuó como fiscal de carrera y que alcanzó cierta notoriedad por el desempeño de ese papel, por lo que al decidirse por el ejercicio de la abogacía ya tenía, se puede decir, el despacho lleno de clientes, lo que supone una diferencia importarte entre su caso y el de tantos y tantos abogados que han de subir por la empinada escalera del éxito profesional profesional. Un tipo con suerte, pueden decir algunos; un tipo que usó su oficio de fiscal para cambiar de oficio a cargo de su anterior oficio, pueden decir otros.
El caso es que este abogado del PARTIDO POPULAR ha dedicado una parte importantísima de su intervención en la primera sesión, a atacar a la ACUSACIÓN POPULAR, no a atacar la manea en que las acusaciones populares han desempeñado su papel en el caso, sino a su existencia en cuanto tal, por prestarse a ser utilizadas por los PARTIDOS POLÍTICOS y por los SINDICATOS como medio de continuar la lucha política por ese medio, y ha aportado la novedad de que en el MINISTERIO DE JUSTICIA hay ya un PROYECTO de LEY para apartar de la legitimación para instar la ACCION POPULAR a PARTIDOS POLÍTICOS y a SINDICATOS.
Lo que se ha abstenido de decir este exfiscal, ahora abogado del PARTIDO POPULAR en esta causa, a título de posible responsable civil subsidiario es que
ESTA CAUSA HA LLEGADO A LA CELEBRACIÓN DE JUICIO COMO CONSECUENCIA DEL COMPORTAMIENTO PROCESAL DE LAS ACUSACIONES POPULARES Y QUE SI HUBIERA SIDO POR LA ACTITUD DE LA FISCALÍA SE HUBIERA ARCHIVADO.
HAN SIDO LOS CRITERIOS DE LAS ACUSACIONES POPULARES, MANTENIDOS FRENTE AL JUEZ Y CONTRARIOS A LOS CRITERIOS DEL FISCAL, LOS QUE HAN PERMITIDO LA CELEBRACIÓN DE JUICIO ORAL.