CASO
BÁRCENAS: EL PP CONTRA LA ACUSACIÓN POPULAR
Se
están celebrando las primeras sesiones de uno de los juicios del
caso BÁRCENAS, que tiene varias piezas pendientes de vista.
Naturalmente
ustedes, la mayor parte de ustedes no están siguiendo estas
sesiones, en que se discuten las cuestiones prebias, referidas a
asuntos que han de ser aclarados, aceptados o rechazados, antes de
comenzar el juicio oral en sí.
Los
medios de comunicación han mostrado especial atención a la
posibilidad de que se produzca un careo entre el señor BÁRCENAS,
don J.L., y el señor M. RAJOY; esa posibilidad es aún remota,
pues hay que escuchar a ambos señores caballeros para poder
determinar si entre sus dos declaraciones se producen contradicciones
de tal naturaleza que obliguen a la Sala a ordenar su práctica.
Pero
ha pasado por completo desapercibido un asunto del mayor interés,
suscitado por la representación en esta vista del PARTIDO POPULAR,
que acude como responsable civil subsidiario.
Lo
primero que hay que decir es que la representación del PARTIDO
POPULAR la ejerce un abogado que antes actuó como fiscal de carrera
y que alcanzó cierta notoriedad por el desempeño de ese papel, por
lo que al decidirse por el ejercicio de la abogacía ya tenía, se
puede decir, el despacho lleno de clientes, lo que supone una
diferencia importarte entre su caso y el de tantos y tantos abogados
que han de subir por la empinada escalera del éxito profesional
profesional. Un tipo con suerte, pueden decir algunos; un tipo que
usó su oficio de fiscal para cambiar de oficio a cargo de su
anterior oficio, pueden decir otros.
El
caso es que este abogado del PARTIDO POPULAR ha dedicado una parte
importantísima de su intervención en la primera sesión, a atacar
a la ACUSACIÓN POPULAR, no a atacar la manea en que las acusaciones
populares han desempeñado su papel en el caso, sino a su existencia
en cuanto tal, por prestarse a ser utilizadas por los PARTIDOS
POLÍTICOS y por los SINDICATOS como medio de continuar la lucha
política por ese medio, y ha aportado la novedad de que en el
MINISTERIO DE JUSTICIA hay ya un PROYECTO de LEY para apartar de la
legitimación para instar la ACCION POPULAR a PARTIDOS POLÍTICOS y a
SINDICATOS.
Lo
que se ha abstenido de decir este exfiscal, ahora abogado del PARTIDO
POPULAR en esta causa, a título de posible responsable civil
subsidiario es que
ESTA
CAUSA HA LLEGADO A LA CELEBRACIÓN DE JUICIO COMO CONSECUENCIA DEL
COMPORTAMIENTO PROCESAL DE LAS ACUSACIONES POPULARES Y QUE SI
HUBIERA SIDO POR LA ACTITUD DE LA FISCALÍA SE HUBIERA ARCHIVADO.
HAN
SIDO LOS CRITERIOS DE LAS ACUSACIONES POPULARES, MANTENIDOS FRENTE AL
JUEZ Y CONTRARIOS A LOS CRITERIOS DEL FISCAL, LOS QUE HAN PERMITIDO
LA CELEBRACIÓN DE JUICIO ORAL.