¡
PRESOS POLÍTICOS ! , ¿ DÓNDE ?
Ha
causado gran revuelo que un funcionario administrativo con
competencia para ello decidiera retirar de ARCO una obra del artista
Santiago
Serra, en la que aparecían una serie de fotografías
con la cara pixelada de determinadas personas de la vida pública,
todas ellas agrupadas bajo el titulo de PRESOS POLÍTICOS.
La
autoridad que podría cesar al caballero que ha ordenado retirar esa
obra de ARCO dice que no piensa cesarlo porque lleva una buena
gestión económica en IFEMA, pero dar autoridad a un funcionario que
no entiende nada de nada de las implicaciones que tiene lo que pueda
hacer fuera del ámbito de su mínima casilla administrativa de
competencia. para hacer lo que ha hecho, es lo mismo que otorgarle
los mandos para pilotar una misión espacial al mejor neurólogo
del mundo.
Lo que acaba de suceder en ARCO es la demostración de que la LIBERTAD DE CREACIÓN ARTÍSTICA EN ESPAÑA SE ENCUENTRA AMENAZADA. Y en esa amenaza se ha contado con la inestimable colaboración de la galerista HELGA DE ALVEAR, que con el posibilismos que siempre la ha caracterizado ( pero esa es otra historia), permitió que la obra se retirara sin hacer ruido.
Lo que acaba de suceder en ARCO es la demostración de que la LIBERTAD DE CREACIÓN ARTÍSTICA EN ESPAÑA SE ENCUENTRA AMENAZADA. Y en esa amenaza se ha contado con la inestimable colaboración de la galerista HELGA DE ALVEAR, que con el posibilismos que siempre la ha caracterizado ( pero esa es otra historia), permitió que la obra se retirara sin hacer ruido.
Un
grupo de esas fotos pixeladas parece ser que se corresponden con
miembros de la tropa del caballero, y señor, PUIGDEMONT.
Desde
hace meses, todos los periodistas que trabajan en todos los medios
de comunicación en ESPAÑA se han empeñado en aclarar a su
distinguida clientela que, en ESPAÑA, no hay PRESOS POLÍTICOS, y
que los catalanes que ahora están en prisión provisional por su
participación en la DECLARACIÓN DE INDEPENDENCIA DE CATALUÑA BAJO
LA FORMA DE REPÚBLICA, no lo son; no obstante lo cual de lo que
parece ser que se les acusa es de haber podido cometer actos
susceptibles de ser tipificados como ATENTADOS CONTRA LA SEGURIDAD
INTERIOR DEL ESTADO.
Es
tal la unanimidad de estos periodistas en decir lo mismo, que
parecería que están cumpliendo instrucciones recibidas por la
superioridad, pero eso es imposible, porque la independencia, calidad
y acreditado compromiso con la verdad del periodismo español, tan
esforzado, está más que garantizada, es su seña de identidad. Con
lo que se puede concluir que todos han llegado a la misma conclusión
sin necesidad de recibir instrucción alguna : NO HAY QIE JUGAR CON
LAS COSAS DE COMER. Pero... tanta unanimidad escama.
Siendo
esto así, habría que aclarar QUÉ SON LOS PRESOS POLÍTICOS, ya
que si llevarte a prisión provisional por haber podido atentar
contra la seguridad interior del estado no te convierte en un preso
político, entonces lo que pueda ser eso de un preso político no
queda claro.
Se
podría decir que lo que se persigue en este caso de la prisión
provisional de estos señores, son los actos, no las opiniones, y
que son esos actos lo que se castiga, no el mero opinar, ya que las
opiniones son libres, pero eso no cuadra con lo que está pasando ya
que también se está condenando a la cárcel a raperos por cantar
letras de canciones que no dicen más, con mayor o menor fortuna, que
lo que en la calle se opina por el común, y se puede escuchar en
cualquier charleta de bar en cualquier lugar de ESPAÑA; se están
imponiendo multas penales por sobreimpresionar la propia fotografía
de uno en otra foto con la imagen de no se qué JESUCRISTO, y otros
varios sucesos judiciales que ahora sería prolijo referir. Pero, en
cualquier caso, esos vistos y otros con las mismas consecuencias
penales, son delitos de los llamados DE OPINIÓN, puesto que se
encuentran tipificados como tales en nuestro CÓDIGO PENAL y
CONEXOS.
Por
lo visto hasta aquí, y por lo que se podría ver de seguir por el
mismo camino, ni los DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD INTERIOR DEL ESTADO,
ni los llamados DELITOS DE OPINIÓN, son delitos políticos, ya que,
se dice, en ESPAÑA, no hay presos políticos pero hay gentes en
prisión por estas dos acciones, entre otras.
En
conclusión, esta no debe ser la vía para aclara la cuestión. Pero
podemos seguir otra y es preguntarnos en DÓNDE SE ENCUENTRA
TIPIFICADO, EN NUESTRA LEGISLACIÓN, LO QUE ES UN PRESO POLÍTICO;
cuando encontremos esa tipificación, se la aplicamos a las acciones
cometidas y habremos solucionado el problema.
Pero
hay un problema, y es que la tipificación de lo que sea un preso
político no se encuentra establecida en nuestro ordenamiento
jurídico, de manera que es el casuismo lo que determina que una
acción concreta, o una falta de acción, sea susceptible de ser
tipificada así. Ahora bien, la tipificación de ese casuismo, ¡ por
los dioses !, ¿ QUIEN LA HACE ?; PUES LA HACE EL PODER QUE PUEDE
HACERLA.
En
consecuencia que estar en prisión por una acción te constituya o
no en un preso político depende de lo que el poder que te mete en la trena decida en cada
caso.
Y
ASÍ YA CUADRA TODO:
De
la misma manera que el poder en ESPAÑA ha decidido que hay PRESOS
POLÍTICOS EN VENEZUELA, HA DECIDIDO QUE NO HAY PRESOS POLÍTICOS EN
ESPAÑA, Y, EN VENEZUELA, LOS PRESOS POLÍTICOS QUE DICE EL PODER EN
ESPAÑA QUE ALLÍ HAY, EL PODER EN VENEZUELA DICE QUE NO LO SON.
- ¡ PERO SI ES LO MISMO QUE LE PASÓ A MANDELA !
- Y A GIORDANO BRUNO, Y GALILEO, Y A MARCELINO CAMACHO.
- Y A TODOS, Y A TODOS LOS QUE HAN SIDO ALGUNA VEZ PRESOS POLÍTICOS, QUE CUANDO LO FUERON, EL PODER QUE LOS TENÍA BAJO SU MANO NO LOS RECONOCÍA COMO TALES.
¡ QUÉ MUNDO !