sábado, 18 de agosto de 2012

EL ABORTO Y EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, q.e.p.d.

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, Q.E.P.D. Y EL ABORTO


Javier Pérez Royo
¿Debe un parlamentario ser magistrado del Constitucional?
Andrés Ollero no ha sido solo portador de una opinión, sino de un voto


DICE:

1.- ¿Es razonable que quien ha participado como parlamentario en la elaboración de la ley pueda ser posteriormente miembro del órgano que tiene que decidir sobre la constitucionalidad de la misma?

2.- Ollero ha sido durante cinco legislaturas consecutivas el cabeza de lista de AP, primero, y PP, después, por la circunscripción de Granada para el Congreso de los Diputados. Se convirtió en diputado cuando tenía poco más de 40 años y dejó de serlo cuando estaba a punto de cumplir los 60.

3.- el hoy magistrado Ollero no se ha pronunciado sobre el aborto exclusivamente en artículos de opinión o en declaraciones políticas, sino que ha votado en el Congreso contra un proyecto de ley cuyo contenido es prácticamente el mismo que el de la ley sobre cuya constitucionalidad tiene ahora que pronunciarse

4.- Ollero no ha sido simplemente portador de una opinión, sino de un acto parlamentario. No se ha inhabilitado para el ejercicio de la función jurisdiccional por su opinión, sino por su conducta.

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