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sábado, 24 de febrero de 2018

¡ PRESOS POLÍTICOS ! , ¿ DÓNDE ?


¡ PRESOS POLÍTICOS ! , ¿ DÓNDE ?





Ha causado gran revuelo que un funcionario administrativo con competencia para ello decidiera retirar de ARCO una obra del artista Santiago Serra,  en la que aparecían una serie de fotografías con la cara pixelada de determinadas personas de la vida pública, todas ellas agrupadas bajo el titulo de PRESOS POLÍTICOS. 

 

La autoridad que podría cesar al caballero que ha ordenado retirar esa obra de ARCO dice que no piensa cesarlo porque lleva una buena gestión económica en IFEMA, pero dar autoridad a un funcionario que no entiende nada de nada de las implicaciones que tiene lo que pueda hacer fuera del ámbito de su mínima casilla administrativa de competencia. para hacer lo que ha hecho, es lo mismo que otorgarle los mandos para pilotar una misión espacial al mejor neurólogo del mundo. 

Lo que acaba de suceder en ARCO es la demostración de que la LIBERTAD DE CREACIÓN ARTÍSTICA EN ESPAÑA SE ENCUENTRA AMENAZADA. Y en esa amenaza se ha contado con la inestimable colaboración de la galerista HELGA DE ALVEAR, que con el posibilismos que siempre la ha caracterizado ( pero esa es otra historia), permitió que la obra se retirara sin hacer ruido.



Un grupo de esas fotos pixeladas parece ser que se corresponden con miembros de la tropa del caballero, y señor, PUIGDEMONT.

Desde hace meses, todos los periodistas que trabajan en todos los medios de comunicación en ESPAÑA se han empeñado en aclarar a su distinguida clientela que, en ESPAÑA, no hay PRESOS POLÍTICOS, y que los catalanes que ahora están en prisión provisional por su participación en la DECLARACIÓN DE INDEPENDENCIA DE CATALUÑA BAJO LA FORMA DE REPÚBLICA, no lo son; no obstante lo cual de lo que parece ser que se les acusa es de haber podido cometer actos susceptibles de ser tipificados como ATENTADOS CONTRA LA SEGURIDAD INTERIOR DEL ESTADO. 

 

Es tal la unanimidad de estos periodistas en decir lo mismo, que parecería que están cumpliendo instrucciones recibidas por la superioridad, pero eso es imposible, porque la independencia, calidad y acreditado compromiso con la verdad del periodismo español, tan esforzado, está más que garantizada, es su seña de identidad. Con lo que se puede concluir que todos han llegado a la misma conclusión sin necesidad de recibir instrucción alguna : NO HAY QIE JUGAR CON LAS COSAS DE COMER. Pero... tanta unanimidad escama.

Siendo esto así, habría que aclarar QUÉ SON LOS PRESOS POLÍTICOS, ya que si llevarte a prisión provisional por haber podido atentar contra la seguridad interior del estado no te convierte en un preso político, entonces lo que pueda ser eso de un preso político no queda claro.



Se podría decir que lo que se persigue en este caso de la prisión provisional de estos señores, son los actos, no las opiniones, y que son esos actos lo que se castiga, no el mero opinar, ya que las opiniones son libres, pero eso no cuadra con lo que está pasando ya que también se está condenando a la cárcel a raperos por cantar letras de canciones que no dicen más, con mayor o menor fortuna, que lo que en la calle se opina por el común, y se puede escuchar en cualquier charleta de bar en cualquier lugar de ESPAÑA; se están imponiendo multas penales por sobreimpresionar la propia fotografía de uno en otra foto con la imagen de no se qué JESUCRISTO, y otros varios sucesos judiciales que ahora sería prolijo referir. Pero, en cualquier caso,  esos vistos y otros con las mismas consecuencias penales, son delitos de los llamados DE OPINIÓN, puesto que se encuentran tipificados como tales en nuestro CÓDIGO PENAL y CONEXOS.



Por lo visto hasta aquí, y por lo que se podría ver de seguir por el mismo camino, ni los DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD INTERIOR DEL ESTADO, ni los llamados DELITOS DE OPINIÓN, son delitos políticos, ya que, se dice, en ESPAÑA, no hay presos políticos pero hay gentes en prisión por estas dos acciones, entre otras.

En conclusión, esta no debe ser la vía para aclara la cuestión. Pero podemos seguir otra y es preguntarnos en DÓNDE SE ENCUENTRA TIPIFICADO, EN NUESTRA LEGISLACIÓN, LO QUE ES UN PRESO POLÍTICO; cuando encontremos esa tipificación, se la aplicamos a las acciones cometidas y habremos solucionado el problema.

Pero hay un problema, y es que la tipificación de lo que sea un preso político no se encuentra establecida en nuestro ordenamiento jurídico, de manera que es el casuismo lo que determina que una acción concreta, o una falta de acción, sea susceptible de ser tipificada así. Ahora bien, la tipificación de ese casuismo, ¡ por los dioses !, ¿ QUIEN LA HACE ?; PUES LA HACE EL PODER QUE PUEDE HACERLA.




En consecuencia que estar en prisión por una acción te constituya o no en un preso político depende de lo que el poder que te mete en la trena decida en cada caso.

Y ASÍ YA CUADRA TODO:

De la misma manera que el poder en ESPAÑA ha decidido que hay PRESOS POLÍTICOS EN VENEZUELA, HA DECIDIDO QUE NO HAY PRESOS POLÍTICOS EN ESPAÑA, Y, EN VENEZUELA, LOS PRESOS POLÍTICOS QUE DICE EL PODER EN ESPAÑA QUE ALLÍ HAY, EL PODER EN VENEZUELA DICE QUE NO LO SON.

    ¡ PERO SI ES LO MISMO QUE LE PASÓ A MANDELA !
  • Y A GIORDANO BRUNO,  Y GALILEO, Y A MARCELINO CAMACHO.
  • Y A TODOS, Y A TODOS LOS QUE HAN SIDO ALGUNA VEZ PRESOS POLÍTICOS, QUE CUANDO LO FUERON, EL PODER QUE LOS TENÍA BAJO SU MANO NO LOS RECONOCÍA COMO TALES.
  • ES SIEMPRE DESDE FUERA QUE SE OTORGA TAL CALIFICACIÓN.




¡ QUÉ MUNDO !